Con el fin de evitar sanciones le informamos que nuestro Departamento Técnico, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/ 1994, de 20 de octubre, y normas UNE de obligado cumplimiento, está habilitado para efectuar la Memoria Técnica o Proyecto de la instalación de almacenamiento de productos petrolíferos.
Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 03 (Almacenamiento para consumo en la propia instalación) BOE nº 253.
Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 04 (Almacenamiento para distribución al por menor de carburantes y venta al público) BOE nº 41.
- Inspección Global Reglamentaria y Revisión periódica reglamentaria de instalación de almacenamiento de combustible, incluyendo certificados, documentación, mano de obra y desplazamiento.
- Informe de idoneidad de depósito de combustible consistente en la medición de espesores de depósito para almacenamiento de combustible, mano de obra y desplazamiento.
- Inspección Reglamentaria de Baja Tensión de instalación de almacenamiento de combustible, incluyendo certificados, desplazamiento y mano de obra.