Asistencia y Asesoramiento Técnico en Seguridad y Medio Ambiente

Consejero de Seguridad

foto consejeros seguridadLa Directiva 2008/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de Septiembre, incorporada al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 97/2014 de 14 de Febrero (BOE nº 50), establece para las aquellas empresas o autónomos que operen con mercancías peligrosas, ya sean operaciones de transporte, carga y/o descarga, la obligación de contar con la figura del CONSEJERO DE SEGURIDAD.
Son obligaciones de dichas empresas o autónomos:
Designar el CONSEJERO DE SEGURIDAD ante la Comunidad Autónoma donde tenga el domicilio social.
Cumplir con las normas de TRANSPORTE de MM.PP. por carretera.
Aplicar los PROCEDIMIENTOS de CARGA y DESCARGA pertinentes.
Elaborar el PARTE DE ACCIDENTES legalmente establecido.
Cumplimentar y registrar el INFORME ANUAL.

Comprobar que las empresas que subcontrata disponen de Consejero de Seguridad.
El incumplimiento de estas obligaciones es considerado FALTA MUY GRAVE, según el art. 140, 15, 19 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), pudiendo imponerse una SANCION de 4.001 a 6.000 €.
Hemos prestado el servicio externo de Consejero de Seguridad y asesoramiento técnico a más de 3.000 empresas de toda España y resto de Unión Europea.
Nuestros servicios cuentan con el respaldo del SEGURO DE RESPOSABILIDAD CIVIL del Consejero de Seguridad.
Nuestros técnicos están capacitados para prestar el servicio de Consejero de Seguridad para TODAS LAS CLASES de MERCANCÍAS PELIGROSAS, y cualquier sector de actividad industrial:

  • Industria Química (productos de limpieza y otros).
  • Fabricantes y distribuidores de Pinturas, Barnices, Disolventes.
  • Empresas del Sector de Agroquímicos y almacenes de Fitosanitarios.
  • Cooperativas Agrarias.
  • Empresas de Transporte de Carga Completa y Fraccionada.
  • Fabricantes de Productos Cosméticos y Perfumería.
  • Gestores de Residuos.
  • Gasolineras.
  • Almacenes Fiscales.
  • Distribuidores de Productos Petrolíferos (gasocentros).
  • Sector sanitario (hospitales, clínicas).
  • Empresas de Tratamiento de Aguas.
  • Laboratorios acreditados clase 7.
  • Centrales Térmicas.